Consulte nuestros consejos y referencias para comprender mejor sus derechos y trámites cuando vive en el extranjero.
- Me voy al extranjero
- ¿Cómo se calcula mi jubilación en el extranjero? en imágenes
- Derechos al Seguro de Salud
- Declarar mis ingresos
Me voy al extranjero
Puede percibir su pensión en el extranjero. Si desea jubilarse como expatriado y decide irse a vivir al extranjero, es indispensable comunicar su nueva dirección y cualquier cambio en sus datos bancarios.
Puede percibir su jubilación en su cuenta bancaria francesa o solicitar la transferencia directamente a su cuenta bancaria en el extranjero. Consulte a su banco para conocer los gastos bancarios asociados.
Cambiar mis datos de contacto
Los cambios de dirección y datos bancarios deben comunicarse por correo postal a su caja regional. Deberá indicar su nueva dirección, su apellido, nombre y número de la seguridad social, y adjuntar los justificantes necesarios.
Acreditación de existencia
Si percibe una jubilación francesa (personal o reversible) viviendo en el extranjero, recibirá una fe de vida cada año. Esto le permitirá acreditar su existencia en su caja regional y así evitar cualquier suspensión del pago de su jubilación. Información sobre la fe de vida.

¿Sabía que...?
Si percibe el subsidio por solidaridad hacia las personas mayores (allocation de solidarité aux personnes âgées - Aspa) o el subsidio suplementario por invalidez (ASI), debe saber que estas prestaciones están sujetas a condición de residencia en Francia. Deberá notificar a su caja regional de su marcha al extranjero, ya que estas prestaciones no se le podrán abonar si se va a vivir al extranjero. A su regreso, podrá presentar una nueva solicitud. Más información sobre la Aspa y la ASI.
¿Cómo se calcula mi jubilación en el extranjero? en imágenes
Derechos al Seguro de Salud

Las condiciones
¿Está jubilado por un régimen francés y vive en el extranjero? Para solicitar que su país de residencia se haga cargo de su cuidado, deberá:
- tener derecho a una pensión en régimen general;
- ser residente de larga duración en un país de la Unión Europea o en un país que haya firmado un acuerdo con Francia que contenga disposiciones sobre el derecho a la asistencia sanitaria*.
Trámites
Si reside en un país extranjero en convenio con Francia, puede solicitar una certificado de derecho a la asistencia sanitaria. Puede enviarlo:
- o bien al organismo de seguridad social de su país de residencia. Una vez validado, este certificado le permitirá obtener el reembolso de sus gastos de asistencia sanitaria a través del régimen de su país de residencia. El organismo de seguridad social extranjero lo enviará directamente a nuestros servicios;
- o cumplimentando el cuestionario para el estudio de los derechos a la asistencia sanitaria. Puede reenviarlo en línea a través del servicio «Enviar mi formulario» disponible en su espacio personal. También puede enviarlo por correo postal a la siguiente dirección: L’Assurance retraite – Service «droit à soins de santé» – 15 avenue Louis Jouhanneau – 37078 TOURS CEDEX 2 – Francia.
Una vez estudiada su solicitud, si tiene derecho a cobertura sanitaria en el extranjero, le enviaremos por correo un certificado de derecho a asistencia sanitaria. Esta deberá remitirse lo antes posible al organismo de seguridad social encargado de la asistencia sanitaria en su lugar de residencia en el extranjero.
Para informarse sobre sus derechos a la asistencia sanitaria en caso de residencia en el extranjero, consulte la página web de Assurance Maladie o del Centro de conexiones europeas e internacionales de la seguridad social.
Si no envía este certificado al organismo de seguridad social responsable de la asistencia sanitaria en su país de residencia, su asistencia sanitaria no estará cubierta.

¿Sabía que...?
Si recibe tratamiento en Francia durante una estancia temporal, sus gastos sanitarios pueden ser reembolsados bajo determinadas condiciones. Para consultar las normas aplicables, consulte la página web del Cleiss. También puede consultar el servicio de inscripción del "Centro nacional para jubilados franceses en el extranjero" (Centre national des retraités de France à l'étranger - Cnarefe) de Assurance Maladie.
* Lista de Estados que han firmado un convenio de seguridad social con Francia que incluye disposiciones en materia de derechos a la asistencia sanitaria: Argelia, Andorra, Antigua Yugoslavia (Bosnia, Kosovo, Macedonia, Montenegro, Serbia), Marruecos, Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, Túnez, Turquía.
Declarar mis ingresos
En Francia
Si declara sus ingresos en Francia, la base imponible de su pensión de la Seguridad Social se enviará directamente a Hacienda. Con la retención en origen, paga directamente el impuesto sobre la renta por el importe por el que percibe la pensión.
Para ampliar esta información, consulte la página «Jubilación y declaración de rentas».
En el extranjero
Si está domiciliado fiscalmente fuera de Francia, su pensión no estará sujeta a la contribución social generalizada (CSG), a la contribución para el reembolso de la deuda social (CRDS) ni a la contribución de solidaridad para la autonomía (Casa).
No obstante, la cotización al seguro de salud podría deducirse de la pensión abonada en el extranjero.
En el marco de la coordinación internacional, las cotizaciones al seguro de salud se deducen si:
- está afiliado a un régimen obligatorio de seguro de salud francés;
- o si es extranjero y ha estado afiliado al seguro de vejez durante al menos 15 años en Francia.
El tipo de retención de la cotización al seguro de enfermedad es del 3,20 %.
Para más información, consulte nuestras páginas «Acreditación de existencia»; «Declarar mis ingresos».